La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en sus artículos 347° y 348° cómo y quiénes están legitimados para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente (ANC), con lo cual se resolvió la inexistencia de esta figura en la Constitución de 1961, destacó este miércoles la inspectora general de tribunales, Marielys Valdez. Entrevistada en el programa Encendidos, que transmite …
Read More »
CiudadBqto ¡Na' Guará!