
Las sentencias 400 y 401 del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del pasado jueves 1 de junio, ordena a los alcaldes derechistas de los municipios Iribarren y Palavecino del estado Lara, limpiar las calles y avenidas de las ciudades, retirar escombros y barricadas y ejercer protección de los habitantes de los referidos municipios. Esto significa neutralizar las acciones violentas de los terroristas.
Tres días después de esta sentencia del máximo órgano de justicia, el domingo 4, Ciudad BQTO realizó un recorrido por las calles de Barquisimeto y Cabudare, en las cuales se han presentado los principales focos de violencia terrorista. Se observó que persiste una enorme cantidad de basura, escombros árboles y barricadas que contrastan con las exigencias del amparo cautelar del TSJ.
El no acatamiento de los burgomaestres del amparo cautelar, contemplado en el artículo 29 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, podría significar la incursión en desobediencia a la autoridad, lo que los expone a la sanción establecida en el artículo 31 de la misma ley.
EL DATO
Artículo 31: “Quien incumpliere el mandamiento de amparo constitucional dictado por el Juez, será castigado con prisión de seis (6) quince (15) meses”


ALEJANDRO GIL RIVERO I CIUDAD BQTO
CiudadBqto ¡Na' Guará!